Actualidad técnica y normativa
Guías y análisis sobre revisoría fiscal, auditoría y procedimiento tributario en Colombia, escritos por nuestro equipo.
Guía para radicar una solicitud de devolución ante la DIAN
Si su empresa tiene un saldo a favor en sus impuestos, conocer el procedimiento de devolución ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es determinante: la mayoría de los rechazos no obedecen a la inexistencia del saldo, sino a requisitos incumplidos y términos vencidos. A continuación, cada fase del proceso.
Paso 1 · Determinar el medio de radicación
La radicación puede hacerse de dos formas, según se cuente o no con firma electrónica:
- Con firma electrónica: la solicitud se presenta a través del Servicio Informático Electrónico de Devoluciones de la DIAN. Los formatos se diligencian vía web o mediante prevalidadores.
- Sin firma electrónica: la solicitud se radica presencialmente en la Dirección Seccional competente, aquella donde se presentó la declaración, adjuntando la documentación descrita en el paso siguiente.
Paso 2 · Alistar la documentación y cumplir los requisitos
Plazo para presentar la solicitud
- Declaración privada: dentro de los dos (2) años siguientes al vencimiento del plazo para declarar.
- Liquidación oficial: dentro de los dos (2) años siguientes a su ejecutoria.
Registro Único Tributario (RUT)
- Formalizado y actualizado; sin suspensión ni cancelación desde la solicitud hasta el acto administrativo que la resuelve.
Documentación obligatoria
- Formato 010 — Solicitud de devolución, correctamente diligenciado.
- Certificado de existencia y representación legal (personas jurídicas), con vigencia no superior a un (1) mes.
- Certificado histórico de existencia y representación legal, cuando el representante legal o revisor fiscal actual no sean quienes suscribieron las declaraciones objeto de devolución.
- Certificación de titularidad de la cuenta bancaria: cuenta activa, emitida por entidad vigilada por la Superintendencia Financiera, con expedición no mayor a un (1) mes.
- Poder autenticado, si el trámite lo adelanta un apoderado.
- Formato 1220 — Relación de retenciones a título de renta, firmado por revisor fiscal o contador público, uno por cada período involucrado.
- Garantía bancaria o de compañía de seguros (opcional, E.T. art. 860): valor asegurado por el monto total, vigencia mínima de dos (2) años, constituida a favor de la Nación – DIAN, con copia del recibo de pago de la prima.
Paso 3 · Agendar cita previa (si aplica)
Para radicación presencial en las principales Direcciones Seccionales es necesario agendar cita a través de los canales oficiales de la DIAN (agendamiento web en dian.gov.co o línea de atención). Asista puntualmente, con la documentación completa y el documento de identidad original.
Paso 4 · Radicar los documentos
Reunidos los documentos, la solicitud se presenta ante la División de Recaudo (o Recaudo y Cobranzas) de la Dirección Seccional de Impuestos correspondiente.
Paso 5 · Atender requerimientos o visitas de verificación
La DIAN puede requerir información adicional o programar una visita de verificación. Responda dentro del plazo indicado y tenga los soportes listos para revisión en la fecha programada: los términos del trámite se suspenden mientras el requerimiento esté pendiente.
Paso 6 · Hacer seguimiento a la solicitud
- Radicación en línea: consulte el estado con su usuario en el Servicio Informático de Devoluciones.
- Radicación presencial: consulte por los canales de atención de la DIAN o mediante el buzón de PQRS.
Paso 7 · Notificación y pago de la devolución
La DIAN notifica la resolución a la dirección informada en la solicitud. El pago depende del monto:
- Hasta 1.000 UVT: abono directo a la cuenta bancaria certificada.
- Superior a 1.000 UVT: pago mediante Títulos de Devolución de Impuestos (TIDIS), negociables a través de una entidad autorizada.
Conclusión
La devolución de saldos a favor exige cumplimiento estricto de requisitos y términos. Un expediente completo, radicado en término y bien soportado, es la diferencia entre recuperar el saldo y perderlo por forma.